LINEAMIENTOS DE INCAPACIDAD POR COVID-19

30/3/2021
Derecho laboral

INCAPACIDAD TEMPORAL POR COVID-19. LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS POR EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) PARA REALIZAR EL TRÁMITE, VÍA REMOTA.

Con el fin de reducir los traslados y evitar contagios, el IMSS implementó medidas de apoyo a los trabajadores para realizar el trámite de incapacidad temporal por COVID-19, también denominada por dicho Instituto como “permiso COVID”.

 En ese sentido, se habilitaron las siguientes plataformas electrónicas: 

a) Página web www.imss.gob.mx, en el apartado “La Sana Distancia Nos Acerca”, en la sección “Permiso COVID-19“, y;

 b) APP IMSS Digital, seleccionando el cuestionario Permiso COVID.

En las citadas plataformas se llenarán los cuestionarios que permiten identificar el nivel de riesgo que presentan los trabajadores o sus beneficiarios. Si forman parte de un grupo vulnerable o cuentan con cierto nivel de gravedad se canalizan a un centro de contacto y, de ser el caso, se les refiere a una unidad médica de atención. Si presentan síntomas leves y se considera que no cuentan con un perfil de riesgo y que pueden permanecer en su casa con ciertos cuidados y monitoreo, se procede a tramitar su incapacidad temporal (permiso COVID).

Esta incapacidad temporal se emite de manera remota y el pago del subsidio se realiza mediante un depósito en la cuenta bancaria informada por el trabajador. Cabe destacar que en caso de los beneficiarios (no trabajadores), solo se les orientará para recibir la atención que resulte procedente, pues no tienen derecho al subsidio por incapacidad.

 

El trabajador podrá obtener su incapacidad temporal siguiendo uno de los cuatro flujos que a continuación se indican:

 1.  Responder el cuestionario. Si se identifican síntomas de COVID-19 se le enviará al Módulo de Atención Respiratoria del Seguro Social (MARSS) para que reciba valoración médica.

2.  Si acudió al MARSS y le realizaron una prueba de laboratorio, deberá ingresar a la plataforma para recibir su incapacidad temporal en espera del resultado.

3.  Si realizó la prueba en un laboratorio con convenio, deberá ingresar a la plataforma para recibir su incapacidad temporal en espera del resultado.

4.  Si cuenta con un resultado positivo en su prueba de “Detección cualitativa de Coronavirus COVID-19 (SARS-CoV-2)”, tendrá dos días naturales, posteriores a la entrega de resultados, para realizar su solicitud de incapacidad temporal.

 

Deberá acompañar su prueba con los siguientes documentos:

 

I. Identificación oficial vigente (credencial para votar expedida por el INE o IFE o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores). Deberá cargar la imagen completa del documento por ambos lados y legible. 

II. Estado de cuenta bancario con un máximo de tres meses de antigüedad, que contenga el nombre del solicitante y la cuenta CLABE interbancaria a 18 dígitos. Sólo deberá enviar la hoja frontal donde se encuentran los datos.

III. Fotografía de frente, bien iluminada y enfocada, que coincida con la identificación oficial (no se aceptan fotografías de otra fotografía o identificación).

Si el trabajador presenta deterioro en su salud, durante el tiempo de descanso o una vez concluida la incapacidad temporal, deberá acudir inmediatamente a su unidad médica para que se le brinde la atención necesaria.

En casos positivos, la incapacidad temporal se otorgará hasta acumular diez días de descanso. Si al término de estos días continua con sintomatología, deberá acudir a su clínica u hospital más cercano para que un médico le extienda otra incapacidad.