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Los sindicatos constituyen una de las instituciones fundamentales del derecho del trabajo y del sistema de protección social en México. Su existencia responde a la necesidad histórica de equilibrar las relaciones entre trabajadores y empleadores, garantizando que las personas trabajadoras cuenten con una representación colectiva capaz de defender sus derechos, intereses y condiciones de trabajo frente al poder económico y organizativo de los patrones.
Desde el punto de vista jurídico, la Ley Federal del Trabajo (LFT) define al sindicato en su artículo 356 como “la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses”. Esta asociación, desarrollada a lo largo de los artículos 356 al 385, establece el marco normativo que regula su constitución, funcionamiento, derechos y obligaciones, así como su relación con las autoridades laborales y los centros de trabajo.
La legislación laboral mexicana reconoce que los sindicatos no son simples agrupaciones voluntarias, sino sujetos colectivos de derecho, con personalidad jurídica propia y capacidad para ejercer acciones legales, celebrar contratos colectivos de trabajo y representar a sus agremiados en conflictos individuales y colectivos. En este sentido, la sindicalización es una herramienta esencial para materializar la protección del trabajo digno y decente.
Entre las funciones principales de los sindicatos destaca, en primer lugar, la negociación colectiva, mediante la cual los representantes sindicales pactan con el empleador las condiciones generales de trabajo que se plasman en el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), el cual también es considerado en la LFT en sus artículos 386 al 403. A través del CCT se determinan aspectos clave como salarios, jornadas, descansos, prestaciones, capacitación, seguridad e higiene, entre otros, permitiendo que dichas condiciones no dependan únicamente de acuerdos individuales, sino de una negociación equilibrada y colectiva.
Otra función central es el ejercicio del derecho de huelga, reconocido constitucionalmente en el artículo 123 como un medio legítimo para la defensa de los intereses colectivos de los trabajadores. La huelga permite suspender temporalmente las labores cuando no se alcanzan acuerdos con el empleador, constituyendo una manifestación jurídica y social del conflicto colectivo de trabajo y una herramienta fundamental para la efectividad de la negociación colectiva.
Asimismo, los sindicatos cumplen una función de representación sindical, tanto en el ámbito interno de la empresa como ante autoridades administrativas y jurisdiccionales. Esto implica la defensa de los derechos laborales de sus afiliados, la promoción de acciones legales, la participación en procedimientos ante tribunales laborales y el diálogo con instancias gubernamentales en materia de política laboral y social.
Más allá del marco estrictamente nacional, el sindicalismo se encuentra estrechamente vinculado con los derechos humanos laborales, en particular con la libertad sindical, el derecho de asociación y a la negociación colectiva, reconocidos en instrumentos internacionales como los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo. Estos derechos garantizan que los trabajadores puedan organizarse libremente, sin injerencias indebidas del Estado o del empleador, y poder participar en organizaciones que representen genuinamente sus intereses. En el ámbito internacional, la protección del derecho de sindicalización se reconoce como un pilar de las democracias laborales y como un componente esencial para el trabajo digno.
En conclusión, los sindicatos cumplen una función irreemplazable en el sistema laboral mexicano, no solo permiten la defensa colectiva de los derechos de los trabajadores, sino que también contribuyen a la estabilidad laboral, al diálogo social y a la construcción de relaciones de trabajo más justas y equilibradas.
Comprender qué son los sindicatos y para qué sirven es el primer paso para analizar su evolución, sus retos actuales y el papel que desempeñan en el presente y en el futuro del mundo del trabajo.