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El uso de inteligencia artificial (IA) en los órganos jurisdiccionales representa uno de los cambios más relevantes en la evolución contemporánea del Derecho. En el caso de México, esta transformación ha comenzado a reflejarse en los criterios del Poder Judicial de la Federación, particularmente a través de la tesis de jurisprudencia II.2º.C. J/2 K(12ª.) (registro número 2031640), emitida por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito y publicada el 9 de enero de 2026. En ésta se analizan los límites y condiciones para el uso de estas herramientas dentro de los procesos jurisdiccionales.
La justificación de este criterio deriva de diversos asuntos en los que se emplearon herramientas de inteligencia artificial como apoyo técnico para el cálculo del monto de una garantía, lo que llevó al órgano jurisdiccional a reflexionar sobre la legitimidad de su uso ante la ausencia de una regulación expresa en el marco jurídico mexicano. En este contexto, el Tribunal estableció que la inteligencia artificial puede utilizarse como herramienta auxiliar, siempre que su empleo no sustituya la labor decisoria del Juez ni invada la esencia de la función judicial.
Por lo anterior, se fijan cuatro principios mínimos que deben observarse: La proporcionalidad e inocuidad, para limitar el uso de la IA a tareas estrictamente necesarias como facilitar cálculos numéricos o tareas mecánicas, sin intervenir en la interpretación de la norma jurídica ni en la valoración de los hechos; La protección de datos personales exige que su uso no comprometa la confidencialidad ni la integridad de la información contenida en los expedientes; La transparencia y explicabilidad obligan a que el juzgador informe que se emplearon herramientas de inteligencia artificial a fin de que las partes puedan comprender y eventualmente verificar el proceso; Por último, la supervisión y decisión humana, la cual garantiza que la tecnología opere únicamente como apoyo técnico y no como sustituto del razonamiento judicial.
La publicación de esta jurisprudencia da cuenta de cómo el Derecho y sus instituciones están evolucionando para incorporar nuevas tecnologías que pueden agilizar procedimientos, reducir cargas de trabajo y mejorar la eficiencia judicial. No obstante, es importante advertir sobre los riesgos del uso excesivo de la inteligencia artificial como el despersonalizar la justicia o el delegar indebidamente decisiones que requieren valoración jurídica, ética y contextual propias de los juzgadores.
En conclusión, esta jurisprudencia marca un parteaguas en la forma de concebir la relación entre Derecho y tecnología en México, mientras establece límites claros para su utilización. El desafío para los órganos jurisdiccionales será, a partir de este criterio, integrar la innovación tecnológica sin perder el carácter humano, ético y garantista.
Lic. Jose Diego López Santos.